UNA LEGISLACIÓN: LA SHARIA
Las leyes religiosas ( y en ocasiones también civiles) que provienen del Corán y la sunna se denominan sharia, que significa el camino recto. Son reglas sobre todos los aspectos de la vida, desde las acciones individuales hasta los asuntos de estado. En muchos países musulmanes, como en Irán, no existe gran diferencia entre las leyes religiosas y las del estado ya que la fe y la legislación son inseparables.
Vemos algunos aspectos:
-El poder no pertenece más que a dios. El poder islámico es teocrático y sin embargo igualitario. Esta inspirado en el modelo que fue el profeta.
-La propiedad. El régimen de la propiedad es de esencia religiosa. Solo dios tiene propiedad de todos lo bienes.
-La justicia. En dios reside todo principio de justicia. Solo dios es realmente justo.
-La familia. La ley del Islam regula fielmente la vida familiar. Desde el nacimiento hasta la sepultura.
A continuación desarrollo estos aspectos:
1. La Familia
Es la célula elemental de la sociedad musulmana. Se trata de la gran familia dirigida por un cabeza de familia que reúne en tomo a sí los hijos casados, parientes, etc., aunque en las ciudades modernas se va imponiendo la noción de familia reducida a padres e hijos. Al niño nacido se le considera bueno por naturaleza y musulmán. Los padres le ponen un nombre, muchas veces tomado del Profeta o de su entorno. La circuncisión es práctica general en el Islam.
Se insiste mucho en el respeto debido a los padres. Se sugiere en el Corán una oración por los padres ya mayores: "Tu Señor ha decretado que no adoréis nada más que a él y tratéis con bondad a vuestro padre y madre. (...) Inclina hacia ellos las alas de la deferencia con mansedumbre, dice a los hijos, y di: "Señor, sé misericordioso con ellos tal como ellos me educaron cuando era pequeño"" (Cor 17,23-34). El deber de fidelidad y obediencia a los padres sólo cesa en el caso de que estos quisieran alejar a sus hijos de la fe musulmana.
La idea del celibato es extraña al pensamiento musulmán, aunque se contempla con respeto la virginidad de María, el nacimiento virginal de Jesús y el hecho de que ni Juan Bautista ni Jesús tomasen esposa. Antes del matrimonio es obligatoria la continencia. Para los hombres, la sociedad es más permisiva, mientras a la joven se le exige que llegue virgen al matrimonio. Las costumbres son muy estrictas en este punto. El matrimonio es posible hasta el grado de primos hermanos. Antiguamente no existía una edad mínima, por lo que los matrimonios se concertaban siendo pequeños los cónyuges, que formaban una pareja real aunque la consumación tuviese lugar posteriormente. Actualmente la mayoría de los estados han dictado leyes al respecto.
El matrimonio es considerado como la situación normal del hombre y la mujer adultos. Este se concierta por parte de un representante de la novia (wali) que firma un contrato. Para su validez, la novia tiene que dar su consentimiento. Antes les era difícil negarse, hoy las cosas van cambiando. El contrato precisa las cuestiones materiales: especialmente la dote que ha de pagar el esposo antes de cohabitar, toda o una parte, en cuyo caso el resto se debe de entregar a la mujer en caso de que sea repudiada. El repudio se designa mediante el término talilq que significa despedir. El hombre es libre para despedir a su mujer. También la mujer puede solicitar el divorcio si este extremo se precisó en el contrato y lo permite la escuela jurídica bajo cuyos auspicios se firmó. En caso de divorcio, el marido debe dejar marchar a la mujer con la dote. La ley no incentiva el repudio-divorcio. Hay tradición que lo señala como la más odiosa de las cosas lícitas. Normalmente después de un repudio quedarán deterioradas las relaciones entre las familias. Incluso la legislación propicia la posibilidad de la reconciliación y la de volver a tomar la misma esposa. Sólo después del tercer repudio no podrá volver a tomarla hasta que otro hombre se haya casado con ella y haya vuelto a quedar libre. Los hijos están bajo la custodia de la madre hasta los 7 años. Después vuelven inmediatamente al padre.
El matrimonio temporal (muta, disfrute) es admitido actualmente por los chiíes. Los sunníes sostienen que este matrimonio fue admitido al principio pero que posteriormente lo prohibió el Profeta. Los sunníes lo prohíben en la actualidad.
El Islam permite la poligamia sin recomendarla, con dos condiciones: que el número de esposas no pase de cuatro y que el marido pueda tratar a todas con equidad. Hasta el siglo pasado este asunto no supuso problema. A partir de entonces se gesta una polémica sobre la poligamia con argumentos a favor y en contra. En la actualidad, practica la poligamia una ínfima minoría.
El adulterio está prohibido y castigado con la reclusión en casa hasta morir en el caso de la mujer, siempre que la acusación sea sostenida por cuatro testigos varones o haya confesión propia. Aunque hay quien sostiene que el castigo consiste en 100 latigazos para ambos culpables conforme a una azora posterior. Si un marido mata a su esposa y al amante de ésta sorprendidos "in fraganti delicto" no merece castigo. De todas formas esta legislación sólo se aplica rígidamente en países muy tradicionalistas o de régimen islamista.
2. Preceptos alimenticios
Para los musulmanes hay una serie de alimentos y bebidas puros, saludables o permitidos, "halal", que se pueden tomar y otros que no permitidos o "haram". Un alimento o bebida sólo se considerará «halal» si se ajusta a la normativa islámica recogida en el Corán, en las tradiciones del Profeta, y en las enseñanzas de los juristas islámicos. |
Cualquier alimento debe estar exento de cualquier sustancia o ingrediente no lícito («haram»), o de cualquier componente que proceda de un animal prohibido; debe ser un producto elaborado, manufacturado y/o almacenado usando utensilios o maquinaria que se ajuste a lo que estipula la normativa islámica y las normas sanitariasdes país; y no debe ponerse en contacto con una sustancia o producto prohibido durante su elaboración, producción, procesado, almacenamiento y transporte. En el caso de la carne, éstas deben provenir de animales no prohibidos, que deben ser sacrificados de acuerdo con lo prescrito por la Ley Islámica. El pescado se considera «halal» sin necesidad de sacrificio. |
Por otra parte, se consideran productos «haram» o ilícitos, según la normativa islámica: La carne del animal hallado muerto, la sangre, la carne de cerdo y jabalí y sus derivados y aquellos animales sobre lo que se ha invocado un nombre distinto del de Dios.
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